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El Tribunal Supremo confirma una sentencia que absolvía a Altadis por tabaquismo en España

27 julio 2006

Madrid

El Tribunal Supremo ha ratificado, con carácter definitivo, una sentencia de junio de 2002 de la Sección 25ª de la Audiencia Provincial de Madrid y ha absuelto a Altadis de una demanda que vinculaba el consumo de tabaco a la enfermedad denominada ‘síndrome de Buerger’ y en la que se reclamaba una indemnización, solidariamente con el Estado, de unos 58.000 euros. La demanda fue presentada contra la entonces Tabacalera (ahora Altadis) y la Administración del Estado (Ministerio de Economía y Hacienda) en octubre de 1998, conociéndose la primera sentencia en abril de 2000, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 70 de Madrid. Fue la primera sentencia por tabaquismo en España.

El auto emitido por el Tribunal Supremo rechaza el recurso de casación presentado por el demandante, por lo que coincide con la Audiencia Provincial de Madrid en la inexistencia de una relación causal entre el consumo de tabaco y la enfermedad.

Altadis ha sido absuelta en las sentencias dictadas hasta la fecha, que coinciden en subrayar fundamentalmente dos aspectos: el conocimiento general del tabaco como factor de riesgo individual y voluntario y la falta de una relación directa de causalidad.

Altadis desea reiterar que siempre ha cumplido las normativas europeas vigentes en cada momento para la fabricación y comercialización de sus productos, con un riguroso control de calidad y con la observancia de las normas sanitarias.
 

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